Restringen el tránsito de camiones por cambio de quincena en la provincia de Buenos Aires

Restringen el tránsito de camiones por cambio de quincena en la provincia de Buenos Aires

Son millones los argentinos que están vacacionando en la Costa Atlántica bonaerense y otros tantos los que se preparan para comenzar sus vacaciones. En este contexto, el ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires dispuso una medida preventiva “con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas”.

Por eso, la Dirección de Vialidad provincial decidió limitar el tránsito de camiones de más de 7 toneladas de porte bruto durante los próximos días en rutas estratégicas para el recambio turístico. 

En este marco, las restricciones serán en la Autovía 2; las rutas provinciales 11, 36, 56, 63 y 74, además de la Autopista Buenos Aires–La Plata.

Estas limitaciones se cumplirán este jueves 15, de 14 a 23.59 y el viernes 16, de 6 a 14, en sentido a la Costa Atlántica; mientras que hacia CABA, será el jueves, también de 14 a 23.59.

Rutas y tramos alcanzados por la medida de restricción a la circulación de camiones

  • Autopista Buenos Aires - La Plata: desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
     
  • Ruta provincial 2 (Autovía 2): desde el kilómetro 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata, hasta el km. 400 (Camet).
     
  • Ruta provincial 11: desde intersección con RP 36 (Pipinas) hasta el km 537 (Chapadmalal).
     
  • Ruta provincial 36: desde Rotonda RP 10 (Prolongación Avenida 66 - La Plata) hasta la intersección con RP 11 (Pipinas).
     
  • Ruta provincial 56: desde su intersección con la RP 11 (General Conesa) hasta su intersección con la RP 74 (General Madariaga).
     
  • Ruta provincial 63: desde distribuidor de tránsito con RP 2 (Dolores) hasta intersección con RP 11 (Esquina de Crotto).
     
  • Ruta provincial 74: desde su intersección con la RP 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP 11 (Pinamar).

¿Cuáles son los vehículos exentos de la restricción?

  • Los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto.
     
  • Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados.
     
  • Transporte de animales vivos.
     
  • Transporte de pescado y mariscos congelados.
     
  • Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
     
  • Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
     
  • De atención de emergencias.
     
  • De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
     
  • Transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
     
  • Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  • Transporte de medicinas.
     
  • Transporte a depósitos finales de residuos sólidos, urbanos y/o patogénicos.
     
  • Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
     
  • Transporte de sebo, hueso y cueros.

 

fuente: La Nueva con información de NA